La Habana, Cuba. – Con un acercamiento a las alternativas que ofrece el proyecto de Ley del Código de las Familias en cuanto al régimen económico del matrimonio, regresa la sección jurídica de Radio Reloj: Sociedad y derecho en minutos.
En la norma legal que se somete a consulta popular hasta el próximo 30 de abril, se incluye un nuevo régimen para la división de los recursos con motivo del divorcio, el de Separación de bienes, además del de la Comunidad matrimonial de bienes que reconoce el Código de la Familia vigente.
Según el proyecto de Ley, antes del matrimonio, los cónyuges pueden hacer pactos matrimoniales que son aquellos a los que arriba la pareja antes del casamiento, o después de este.
A través de esas alianzas establecen las reglas relativas al régimen económico matrimonial, o sea, se escoge ante notario cuál regirá su unión.
Regímenes a favor del amor
El nuevo Código de las Familias, también posibilita entre sus alternativas el Régimen Mixto, del cual le sugerimos conocer en los últimos 60 segundos de Sociedad y Derecho en minutos.
Recoge el cuerpo legal, que con esta variante, los cónyuges pueden pactar un régimen económico que combine tanto el de Comunidad Matrimonial como el de Separación de Bienes.
Precisa la norma, que será elección de los miembros de la pareja uno de los tres regímenes económicos, que deberán reconocer en el Registro Civil al momento de formalizar matrimonio.
De esa forma, pactarán contenido no patrimonial, como pudieran ser la aceptación o no de someterse a las técnicas de reproducción asistida para lograr descendencia y la posibilidad de acudir a la adopción para ampliar la familia, entre otras.