La Habana, Cuba. – El Código de las Familias que se someterá a Referendo el domingo 25 de septiembre, ofrece mayores derechos a todos los cubanos, tema que seguimos abordando en la sección de Radio Reloj, Sociedad y derecho en minutos.

Entre las ventajas de la norma está que posibilita la comunicación familiar no solo entre padres e hijos; sino también con los abuelos, hermanos y otros parientes y personas afectivamente cercanas, quienes pueden solicitarlo al tribunal si le fuera negada.

Este nuevo derecho incluye todo tipo de vínculo presencial, oral o escrito, incluso a través de medios tecnológicos.

Con esta novedad el Código de las Familias resuelve el problema de la prohibición de comunicación con otros familiares que lamentablemente establecen los padres respecto a sus hijos menores de edad.

Código de los afectos

Diversas son las novedades del Código de las Familias, que todos los cubanos tendremos la oportunidad de votar por el Sí, cuando acudamos al Referendo Popular.

Con el nuevo texto legal podrán reconocerse judicialmente las relaciones afectivas estables y sostenidas en el tiempo, por ejemplo, las que se dan entre padres e hijos de crianza; pues se reconoce una nueva forma de parentesco, el socioafectivo, el cual es reconocido excepcionalmente por el tribunal competente y tiene los mismos efectos que el parentesco consanguíneo, que es el que se establece entre personas unidas por vínculos de sangre.

También reconoce la filiación de las personas que nacen por las técnicas de reproducción humana asistida. Sociedad y derecho en minutos volverá con más del Código de las Familias.