La Habana, Cuba. – A contrapelo de lo que algunos piensan que en la casa se hace poco o no se hace nada, el trabajo a distancia y el teletrabajo han demostrado sus beneficios a entidades que han puesto en práctica ambas modalidades.

La directora de Empleo del ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ingrid Travieso, subrayó a Radio Reloj que el nuevo estilo de trabajo preserva la vitalidad de los sectores y el mantenimiento de los empleos sin afectar los ingresos personales.

Reconoció, sin embargo, que existen aspectos que han limitado el incremento de su implementación, entre ellos la carencia de medios tecnológicos, de conectividad a Internet y de otros materiales que pueden ser utilizados.

Por otra parte, Travieso aclaró que algunas administraciones aún manifiestan resistencia a la puesta en práctica del trabajo a distancia y teletrabajo, como tampoco han implementado métodos de dirección efectivos.

Norma jurídica en vigor

En agosto último entró en vigor la Resolución 71 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que establece el Reglamento sobre el trabajo a distancia y el teletrabajo.

Entre otros aspectos, aclara que el empleador, de conjunto con el sindicato, define las áreas de trabajo y cargos en los que se puede utilizar ambas modalidades, siempre que la naturaleza de la actividad lo permita.

Enfatiza que los sujetos reciben igual retribución por el trabajo, según la forma y sistema de pago que tengan aplicado, y tienen los mismos derechos que los que laboran con presencia física en la entidad.

Por trabajo a distancia se entiende que el trabajador desempeña su labor alternando su presencia física en la entidad, su domicilio u otras unidades, mientras que el teletrabajo implica el desempeño de la actividad sin la presencia física del trabajador en el centro laboral.