Compartir

La Habana, Cuba. – Regresa la sección jurídica de Radio Reloj, Sociedad y Derecho en minutos con algunos ejemplos de situaciones concretas que resolverá el Código de las Familias que irá a Referendo Popular este domingo 25 de septiembre.

Las personas que prefieren no formalizar matrimonio y que comparten un proyecto de vida en común, de carácter singular, estable y notorio durante al menos 2 años, pueden optar por la unión de hecho afectiva, la cual deben acreditar ante notario e inscribirla en el registro correspondiente.

Puede instrumentarse también la existencia de una unión de hecho afectiva ya extinguida, con el fin de ejercitar los derechos reconocidos en este Código, siempre que los miembros de la pareja, de común acuerdo, así lo soliciten y no hayan transcurrido 5 años desde su extinción.

Discapacitados con más derechos

Tras las consultas especializadas y popular a la que se sometió el Código de las Familias, esta norma fue perfeccionada y ahora irá a Referendo.

La disposición suprime la declaración judicial de incapacidad, la tutela de las personas mayores de edad y se sustituyen los tutores por apoyos, de manera tal que las personas adultas mayores puedan realizar el ejercicio y la defensa de los derechos de los cuales son titulares, teniendo en cuenta su dignidad, su autonomía y sus elecciones y preferencias.

Con esto se eliminan los efectos negativos de tal declaración que invalida la autonomía de las personas y se adapta nuestra legislación a la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Y hasta aquí algunas de las novedades del Código de las Familias que abordamos hoy en la sección Sociedad y Derecho en minutos.