Como discapacitada y a la vez vicepresidenta de la Asociación Cubana de Limitados Físico-motores, ACLIFIM, en Villa Clara, Leticia Fernández puede corroborar la protección que brinda el Estado cubano a todo trabajador impedido por su edad, invalidez o enfermedad.

En su capítulo Derechos, deberes y garantías fundamentales, la Constitución vigente, aprobada en 1976, refrenda ese beneficio que se realiza mediante el sistema de seguridad social, contenido en el proyecto de Carta Magna de la República de Cuba.

En su condición de vicepresidenta de la ACLIFIM en el territorio afirma que la organización tiene despacho con la dirección de trabajo y seguridad social, para analizar el número de personas discapacitadas pendientes de ubicación laboral.

Los miembros de esa asociación deben pasar por una comisión médica encargada de dictaminar el grado de discapacidad.