La Habana, Cuba.- Las cuentas bancarias fiscales de las personas naturales, que recibieron ingresos a través de entidades y no realizaron el pago de los tributos o aportaron menos de lo debido, fueron embargadas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

Amparada por la Ley 113 del Sistema Tributario, la ONAT está facultada, una vez transcurrido el término de pago, para embargar preventivamente los bienes y derechos del deudor por el valor que cubra la deuda tributaria.

El embargo es de las acciones que desarrolla la Oficina de la Administración Tributaria como parte del programa de enfrentamiento al incumplimiento y potenciación de los ingresos al presupuesto iniciado en junio pasado.

Está comprendida la actuación sobre los incumplimientos del pago de los tributos que se aportan mensualmente, como impuestos sobre ingresos personales y servicios y ventas, entre otras obligaciones.