La Habana, Cuba. – El nuevo Código de las Familias de Cuba regula diversas instituciones de guarda y protección más allá de las tradicionales de responsabilidad parental o la obligación legal de alimentos.

La Doctora Ana María Álvarez-Tabío explica que a través de diversos estudios sobre la realidad cubana actual se detectó que existen muchas personas a cargo de otras sin un nombramiento oficial, y ello se recoge en el nuevo texto normativo como guardas de hecho.

Por otra parte el actual Código de las Familias establece la posibilidad de concertar contratos de alimentación a cambio de la transmisión de bienes o derechos como contraprestación, y en caso de no cumplirse puede ser revocado, un elemento que funge como figura protectora de nuestra ancianidad.

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