Bill Clinton en el momento en que firma la Ley Helms-Burton

Ni en sus más festinados sueños, Orville Platt pudo imaginar algo como la Helms-Burton. En las pretensiones de recolonizar a Cuba, aquel senador por Connecticut, padre de la Enmienda que llevó su nombre, quedó superado ampliamente por ese engendro legal, que entró en vigor un día como hoy de 1996.

Conocida en su momento como Ley Bacardí, por defender los intereses ocultos de la ronera, ese invento llegó en un momento de ascenso de la ola conservadora para aprovechar el fin de campo socialista y acabar con la Revolución Cubana, una vieja aspiración de la Casa Blanca.

Por esos días, para apretar el bloqueo, en el Congreso norteamericano se presentaron nueve proyectos de ley y una resolución que pretendía incluso internacionalizar el cerco desde Naciones Unidas.

Un año antes de la aprobación, el senador por Carolina del Norte, Jesse Helms, y el representante por Indiana, Dan Burton, hicieron público esa propuesta que tiene por detrás los malsanos intereses de Bacardí, aspirante a recobrar sus propiedades en Cuba.

Ambos congresistas  habían estado trabajando contra Cuba aprovechando sus puestos: Helms como presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado y Burton como titular del de Asuntos Hemisféricos en la Cámara.

En realidad, esa envenenada legislación fue redactada por Roger Noriega, un hombre muy cercano a Helms, así como por los legisladores de origen cubano en el Congreso y los abogados de la Bacardí.

Helms, considerado uno de los políticos estadounidenses más conservadores, la coló como una enmienda a la Ley de asignaciones al presupuesto de defensa, para evitar cualquier intento de echarla atrás.

No por gusto lleva el nombre de Ley para la Libertad y Solidaridad democrática cubanas, un título que solo encubre los verdaderos objetivos de sus promotores.

Presidente sin facultades

La Administración de Bill Clinton, entonces en la Casa Blanca, nunca presentó una oposición fuerte a la Helms-Burton, sino que se dejó arrebatar mansamente las facultades presidenciales en política exterior.

Hasta entonces, los vínculos con el extranjero eran prerrogativas presidenciales y el Congreso no podía dictar las relaciones de Estados Unidos con el resto del mundo, pero con la aprobación de esa legislación, el presidente perdió buena parte de sus facultades que pasaron a manos del Congreso.

Era un año electoral y Clinton quería la reelección, por eso aprovechó el derribo sobre territorio cubano de dos avionetas que protagonizaban una provocación aérea y firmó la ley en la Casa Blanca, rodeado por el circo miamense de entonces, que no ha variado mucho en términos ideológicos.

El gobierno norteamericano se amparó en ese incidente para justificar la firma de ese mamotreto legal y presentarla como una reacción a “la atrocidad cometida por Cuba”.

Negados a las compensaciones

Aunque en Washington no lo digan, la intención es darle marcha atrás a la historia para imponernos una ignominia mayor que la Enmienda Platt y fíjese si resulta infamante que de acuerdo con ese engendro la soberanía nacional estaría en manos del Congreso de Estados Unidos, encargado de certificar, entre otras cosas, la compensación a los dueños de las propiedades nacionalizadas por la triunfante Revolución.

En ese sentido hay que recordar a la ya fallecida jurista Olga Miranda, quien como Directora Jurídica de la cancillería dedicó buena parte de su carrera profesional a discutir las compensaciones a las propiedades de extranjeros nacionalizadas por la Revolución.

En ese proceso amparado por el Derecho Internacional, el gobierno cubano firmó seis acuerdos importantes y otros de menor calado, pero que sirvieron para pagar a los expropiados.

Así cobraron lo pactado, ciudadanos de Gran Bretaña, Francia, Alemania, Canadá, España y Suiza, pero Estados Unidos no aceptó la negociación con Cuba en plano de igualdad, como expuso el gobierno revolucionario, que solo pidió que durante el proceso de diálogo, Washington no adoptara medidas unilaterales.

Cuando el bloqueo ya pesaba como una losa sobre Cuba, el 26 de marzo de 1964, la Corte Suprema de Estados Unidos, en el llamado Caso Sabbatino, reconoció, por ocho votos a uno, el derecho de nuestro país a aplicar en las nacionalizaciones el llamado Acto de Poder soberano.

Sin embargo, las presiones no se hicieron esperar y en octubre de 1966 el Congreso aprobó la Enmienda Hickenlooper que impidió la ejecución de esa sentencia y puso así un precedente legal del que aún se están agarrando.

Recolonizar a Cuba

Cuando en 1783 el segundo presidente de Estados Unidos, John Adams, abogó por apoderarse de Cuba, sembraba la semilla de un diferendo bilateral que llega hasta nuestros días.

Entonces faltaban 64 años para la aparición del Manifiesto Comunista, 133 para el estallido de la Gran Revolución de Octubre y 177 para la entrada de los barbudos en La Habana. No había entonces justificación ideológica para esconder, como hoy, las pretensiones de poner a Cuba bajo la órbita de Washington.

Esa bicentenaria aspiración es la esencia de la nefasta Ley que codifica la tupida red de regulaciones que conforman el bloqueo contra nuestro país, pero que va mucho más allá al ser un intento de recolonización.

La Helms-Burton no busca la constitución de un sistema político multipartidista en Cuba, sino la sumisión total del gobierno a Washington. Ni siquiera aspira a una economía de mercado, sino a una economía controlada totalmente por las empresas norteamericanas.

Acto irracional

Desde la aprobación de la ley, tres sucesivos presidentes, Clinton, Bush hijo y Obama,  dejaron sin efecto cada seis meses el llamado Título III, un acápite que afecta a terceros y permite a nacionales de Estados Unidos llevar a las cortes a todo aquel que compre, use o invierta en propiedades norteamericanas nacionalizadas por la Revolución Cubana.

Ese capítulo es francamente extraterritorial pues penaliza a quienes tengan relaciones comerciales con Cuba y además permite las demandas de personas que cuando sus propiedades fueron nacionalizadas no eran ciudadanos estadounidenses.

Por eso, dentro de la ilegalidad de esa Ley, mantener en suspenso la aplicación del Título III era al menos un acto de racionalidad política, algo que se pone en duda con el actuar de la Administración Trump, la primera que reduce esa suspensión.

Ahora, la Casa Blanca hizo un uso creativo de la facultad presidencial y en enero aplazó la aplicación de ese capítulo por 45 días, pero cumplida esa fecha, a mediados de la semana anterior, mantuvo el congelamiento por otros 30 días.

Sin embargo, esa última decisión dejó la puerta abierta para demandar a unas 200 empresas cubanas, supuestamente vinculadas a la defensa y a la seguridad nacional e incluidas en una arbitraria lista del Departamento de Estado desde hace poco más de un año.

Sin precedentes

La Helms-Burton no tiene precedente legal en Estados Unidos, donde nunca el Congreso había asumido las prerrogativas presidenciales en política exterior. Además, nunca ese cuerpo legislativo se adjudicó una función judicial al declarar que las nacionalizaciones realizadas en Cuba fueron ilegales, sin tomar en cuenta los principios del Derecho Internacional.

Al final, el objetivo confeso es convertir a Cuba en un Protectorado de Estados Unidos a través de un invento legal que codifica la tupida red de regulaciones del bloqueo aplicado contra nuestro país.

Por eso, cuando quieren apretarnos más con la puesta en vigor del Título III, hay que recordar que cualquier intento trasnochado pagará el precio de la larga tradición independentista cubana.

Si vuelven a encender cruces frente a nuestra casa para hacernos claudicar, en un anacrónico remedo de Ku Klux Klan político, tienen que saber que nadie regresará sumiso al cepo de la plantación de esclavos, sino que habrá millones de cimarrones machete en mano.

Nadie perderá el sueño por la Helms-Burton, aunque es un engendro legal peor que la Enmienda Platt.