Leyes cubanas protegen a la nación de la Ley Helms-Burton

La Habana, Cuba. – Ahora que vuelven a apretar el bloqueo con la infame Ley Helms-Burton resulta oportuno recordar que en Cuba está vigente la Ley 80, que declara ese engendro yanqui como ilícito, inaplicable y sin valor, ni efecto alguno.

De esa forma, se considera nula toda reclamación amparada en la Helms-Burton  por parte de persona natural o jurídica, cualquiera que fuere su ciudadanía o nacionalidad. Nuestra ley, llamada de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubana, fue aprobada por el Asamblea Nacional en diciembre de 1996, unos meses después de que Clinton  firmara un invento jurídico que codifica la tupida red legal del bloqueo.

Tres años después, en febrero de 1999, el parlamento cubano aprobó la Ley 88 de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, que complementa a la anterior.

Demandas del pueblo

Como otro antídoto a inventos anticubanos, nació en noviembre de 1999 la Primera Demanda del Pueblo de Cuba contra el gobierno de Estados Unidos por daños humanos.

Washington fue sancionado a reparar e indemnizar a nuestro pueblo por 181 mil millones de dólares. Después, en mayo del año 2000, una Segunda Demanda sancionó a Estados Unidos a pagar por los daños económicos unos 121 mil millones de dólares, cifra que desde entonces ha aumentado con el recrudecimiento del bloqueo.

Tanto las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional, como ambas Demandas, forman parte del escudo legal que hemos levantado ante al acoso de la Ley Helms-Burton, algo que de seguro ni saben en la Casa Blanca. Ese escudo, que alzamos de manera colectiva, tiene como único objetivo la defensa de la nación.