La Habana, Cuba. – Los propietarios mayores de 18 años que posean motos eléctricas y ciclomotores los inscribirán en la unidad de trámites que atiende el Registro de Vehículos de su residencia.
El coronel Mario Ríos, jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos, aseveró que se inscribirán las motocicletas y ciclomotores eléctricos, incluso estos últimos con apariencia de motocicleta o bicicleta, así como los de tres y cuatro ruedas, incluidos los que se les han adaptado doble rueda traseras.
Agregó que el medio debe estar en buen estado técnico y de limpieza, y aclara que se incluye sistema de luces y el aditamento para colocar la chapa.
También llevarán 45 pesos en sellos de timbre; para los adquiridos en el país factura de compra y los importados modelo de solicitud de inscripción, emitido por la Aduana General de la República.
Rquisitos de inscripción
No se inscriben en el Registro de Vehículos, carriolas y bicicletas eléctricas de juguete y los segway, estos deben cumplir el artículo 117 del Código de Tránsito, es decir, no podrán circular por la calzada, y lo harán en zonas de recreación.
Tampoco se inscriben las sillas de rueda eléctricas, que por ley son medios auxiliares de los discapacitados; ni las bicicletas con pedaleo asistido equipadas con motor eléctrico de hasta 350 Watts de potencia y alcanzan una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.
Si la persona no puede concurrir por noestar en el país, estar hospitalizada o incapacitada, el trámite lo hará otra mayor de 18 años con los documentos legales y el poder notarial que la acredita para realizar dicho acto.
Las motocicletas de más de 60 cc, aun no tienen definido su tratamiento, por tanto continúan circulando.