
Como se anunció, nuevas medidas para el ejercicio del trabajo por cuenta propia fueron aprobadas, y en estos momentos se elaboran las normas jurídicas que las implementarán próximamente, en fecha aún por definir.
Radio Reloj continúa informando sobre esas adecuaciones, entre ellas, que no tendrán obligación de inscribirse en la actividad de Trabajador contratado el cónyuge y los familiares del titular dentro del primero y segundo grado de consanguinidad, así como el primero de afinidad, o sea, yerno, nuera, suegro y suegra.
Al respecto, la viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó, dijo que se excluye en el caso de los transportistas de carga y pasajeros, si el familiar va a conducir el vehículo, sí requiere de Licencia Operativa de Transporte.
Las nuevas medidas contemplan la inclusión de la venta de hielo en la actividad de aguador.