La Habana, Cuba. – El gobierno de Panamá modificó la norma anterior y estableció una nueva disposición en la que se exceptúa de la necesidad de visa a ciudadanos o tripulantes cubanos de tránsito por el istmo de regreso a su país de origen.

El nuevo Decreto Ejecutivo modifica los artículos 1 y 2 de la anterior disposición vigente desde el 8 de marzo, exceptuando del requisito de la obtención de visas para pasajeros o tripulantes en tránsito a los ciudadanos cubanos que viajen hacia la Isla.

También libera de esa autorización a los ciudadanos que posean Residencia Vigente o Visa Múltiple, previamente utilizada en el Estado otorgante, con vigencia no menor a 6 meses en el momento del tránsito, debidamente otorgada por Estados Unidos y Canadá.

Todos los demás pasajeros con pasaporte cubano que requieran hacer escala en la República de Panamá estarán sujetos a la visa para pasajeros o tripulantes en tránsito.