La Habana, Cuba. – Próximos al Día Mundial contra la Trata de Personas, que se conmemora este sábado, 30 de julio, estamos ante un delito que atenta contra la dignidad humana, en el que el consentimiento de quien es sometido a nuevas formas de esclavitud, no exonera de responsabilidad penal a los que se benefician de la explotación de los seres humanos.

En el nuevo Código Penal, Cuba moderniza su legislación y ratifica su compromiso de no tolerar la trata de personas y de proteger a nuestro pueblo de sus nefastas consecuencias para la salud y el bienestar en general.

La trata de personas es un flagelo en crecimiento, complejizado con la creciente participación de organizaciones criminales motivadas por los altos beneficios económicos que les genera.

La trata de personas en el Código Penal

Para el nuevo Código Penal cubano es delito la trata de personas con fines de explotación laboral, por lo cual se perseguirá a los ciudadanos cubanos o de otros países que incurran en él.

La norma en el artículo 363, considera sancionables: promover, organizar, incitar o ejecutar la captación, transportación, traslado, acogida o recepción de personas, utilizando amenaza, coacción, violencia, engaño, o soborno.

También será enjuiciado quien se aproveche de una situación de vulnerabilidad de la víctima o de su condición de género, para que esta ejerza la explotación laboral o sexual, trabajos forzosos u obligatorios. no basta con tener regulado este delito, es necesario avanzar en su prevención. Y hasta aquí la sección Sociedad y Derecho en minutos.