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La Habana, Cuba. – Las empresas estatales importadoras y exportadoras pueden establecer contratos con las micro, pequeñas y medianas empresas, Mipymes, según promulga la Resolución 315 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Está dispuesta la posibilidad de que se establezcan relaciones contractuales entre las entidades autorizadas a ejercer actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal.

A los efectos de la Resolución 315 del 13 de agosto del pasado año 2021, se entiende por forma de gestión no estatal a las personas naturales y jurídicas cubanas que realizan actividad comercial y de servicios legalmente autorizada.

Por lo antes expuesto, no se requiere de una indicación adicional para que estas relaciones contractuales se establezcan, pues existe la norma jurídica que las respalda y regula.