La Habana, Cuba. – Durante la etapa de consulta popular por el Código de las Familias uno de los puntos más debatidos fue la introducción del término Responsabilidad Parental, en detrimento de la antigua Patria Potestad, un cambio necesario debido al alto valor hegemónico que encierra ese concepto.

No es potestad lo que tenemos sobre los hijos, sino responsabilidad, aclara la doctora Ana María Álvarez-Tabío, quién argumenta esa medida como resultado de la evolución de la institución familiar.

Vinculado al concepto de Responsabilidad parental también se instituyó el de Autonomía Progresiva, el cual brinda a los menores de edad el derecho a participar en las decisiones que le afectan, según su madurez.

Ninguno de los dos conceptos anteriores significa que los hijos van a suplantar la autoridad de los padres, solo abre la puerta a tener en cuenta sus opiniones y a vivir en un ambiente familiar con mayor comunicación y derechos.