La Habana, Cuba. – La nueva Ley de expropiación por razones de utilidad pública o interés social colinda con tres categorías que encierran una similitud en cuanto a sus efectos, pero en cuanto a sus causas tienen diferencias y a veces en el entendido popular puede generar malas interpretaciones.

La primera institución a la que hace referencia el Doctor en Ciencias Jurídicas Amed Ramírez es a la Responsabilidad del Estado, la cual se aplica cuando ocurre una actuación ilícita por parte de la Administración Pública.

Las otras dos categorías se tratan de las Nacionalizaciones las cuales se aplican como un acto de soberanía legítima que tiene el estado y las Confiscaciones en aquellos casos que haya sucedido una violación a las normas establecidas.

Es importante que la sociedad cubana comprenda las diferencias que existen entre esas categorías jurídicas para poder ejercer de forma correcta sus derechos.

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