La nueva Constitución de #Cuba marcará un antes y un después en la Historia Constitucional del país, por los aportes que la convierten en una Constitución Superior como Ley Suprema, que regula las relaciones sociales más importantes del Estado y la sociedad.
Irradia a todas las ramas del Derecho, los actos normativos y a todas las actuaciones de dirigentes, funcionarios y ciudadanos a cuyos dictados deben obediencia.
Responde a nuestro tiempo y está enraizada en la realidad política, económica y social cubana actual.
Es un texto de avanzada, moderno, que expresa los necesarios cambios reflejos de la madurez, dinámica y grado de desarrollo de la sociedad cubana actual.
Preserva las conquistas logradas por el pueblo y la Revolución como señal de perdurabilidad y visión de futuro.
Sus preceptos están en correspondencia con las tendencias contemporáneas del Constitucionalismo a nivel mundial.
Es obra del poder constituyente democrático, del sujeto colectivo llamado pueblo que ha participado de manera activa en su diseño y elaboración y que participará de igual forma en su aprobación mediante referéndum.
Es expresión de continuidad del legado histórico de las luchas independentistas, de la obra de la Revolución, de los principios y valores que enaltecen a la Nación cubana.
Reafirma: la Soberanía Popular, La Independencia, el antiimperialismo e internacionalismo, la solidaridad, la democracia, el humanismo.
Confirma: la dignidad la justicia social, la Igualdad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva, y de reafirmación de la esencia socialista de nuestro Sistema político, económico y social y su carácter irrevocable.
Establece la estructura sistémica que permite una mejor organización y coherencia de sus contenidos, al quedar dividida en Títulos, Capítulos, Secciones y artículos.
Refrenda la fórmula de Estado socialista de derecho y justicia social, expresión del imperio de la ley, respeto a la legalidad, a la institucionalidad, y de respeto, realización y protección de los derechos constitucionales.
Reconoce de modo expreso la Supremacía Constitucional, que significa que es la norma de cabecera del sistema de fuentes del Derecho.
Como norma jurídica es directamente aplicable, declara su carácter vinculante, que obliga a su acatamiento y respeto por todos.
Incorpora los Tratados Internacionales en vigor para la República de Cuba al sistema de fuentes del Derecho, disponiendo la primacía de la Constitución con relación a estos.
Es contentiva de los fundamentos económicos y mantiene como principios rectores el papel preponderante de la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción.
Destaca, la dirección planificada de la economía que regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad.
Reconoce el papel de los trabajadores en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía.
Realza la importancia de la Ciencia y la tecnología para el desarrollo económico y social.
Reconoce la coexistencia armónica de diferentes formas de propiedad, e introduce la privada con un papel complementario en la economía y la de instituciones y formas asociativas.
Flexibiliza el principio de no admisión de la doble o múltiple ciudadanía, al regular, que la adquisición de una ciudadanía extranjera no conlleva la pérdida de la cubana.
Reconoce la dignidad humana como como el valor supremo que rige el reconocimiento y ejercicio de los demás derechos.
Declara el principio de progresividad de los derechos, Igualdad y el principio de no discriminación.
#YoVotoSi por la nueva Constitución #Cuba que refuerza la protección de la mujer, la igualdad de derechos en todos los ámbitos con relación a los hombres.
Asegura el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer y la protege de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y espacios.
Especifica los límites al ejercicio de los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público.
Regula de modo expreso derechos esenciales como el derecho a la vida, la integridad física y moral, los derechos inherentes a la personalidad.
Da derecho al desarrollo de la personalidad, la intimidad personal y familiar, la propia imagen, la voz, y la identidad, el derecho de circulación por el territorio nacional y de salida y entrada del país.
Resalta la prohibición de la tortura, tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, y las desapariciones forzada de las personas.
Introduce el derecho al acceso a la información pública y a recibir información veraz, objetiva y oportuna.
Incluye el derecho al agua, a la alimentación sana y adecuada, a la vivienda adecuada y a un habita seguro y saludable.
Preserva el derecho al medio ambiente sano y equilibrado, el derecho de los consumidores.
Reconoce el derecho de toda persona a fundar una familia, la protección que el Estado brinda a los diferentes tipos de familias existentes en la sociedad.
Reformula el concepto de matrimonio como una de las formas de organización de las familias basado en el libre consentimiento, igualdad de derechos y obligaciones.
Es la Carta Magna por la dignidad de los cubanos. Por eso #NosotrosVotamosSí