Con el fin de contribuir al control y ordenamiento de los servicios de transporte en Cuba, el ministerio del ramo hizo pública hoy las modificaciones a las regulaciones para la licencia de operación del transporte por personas naturales y jurídicas.
Los cambios al reglamento entrarán en vigor el 7 de diciembre, de conjunto con las demás normas divulgadas en esta jornada como parte del perfeccionamiento del trabajo no estatal.
Marta Oramas, vicetitular del Ministerio de Transporte (MITRANS) explicó que la licencia es un documento de autorización intransferible que se debe poseer para prestar servicios de transportación en territorio nacional o en las aguas jurisdiccionales.
Para las personas naturales las nuevas disposiciones incluyen que el MITRANS otorgará la licencia a quienes deseen ejercer servicios auxiliares y conexos tales como chapistería e instructor de automovilismo.