La Habana, Cuba. – Desde hace pocos días entraron en vigor las normativas jurídicas que reglamentan la actividad pesquera en Cuba, como parte de La Ley de Pesca aprobada en julio de 2019.

Esas normas reconocen a las formas no estatales como sujetos de aplicación, incluyendo el ejercicio de la actividad por cuenta propia, y establecen el derrotero de las zonas de pesca donde se permitirá su práctica, ya sea comercial, deportiva o recreativa. 

Las normas jurídicas para la actividad pesquera, ya en vigor y que recoge la Gaceta Oficial Ordinaria número 11, precisa los tipos y cantidades de las artes de pesca autorizadas para la captura comercial no estatal en aguas marítimas.

El documento define por provincias los 55 embalses en que pueden practicarse las modalidades de pesca, y  recalca que para aquellos infractores se prevén rigurosas sanciones.