Las nuevas normas sobre el trabajo por cuenta propia establecen que nada más se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.
Ese punto va dirigido a prevenir la concentración de negocios en un mismo titular y responde al razonamiento de que hay labores que por su naturaleza no puede ejecutarlas una sola persona en un mismo espacio de tiempo.
Del total de trabajadores por cuenta propia nada más que el 1, 6 por ciento posee más de una autorización en las actividades que no se integraron.
Ese grupo dispondrá de 90 días posteriores a la entrada en vigor de las regulaciones, para elegir con cuál licencia continuará ejerciendo y cuál cancelará.
También se determinó otorgar autorización para ejercer en un mismo domicilio legal solo una de las actividades siguientes: servicio gastronómico en restaurante; en cafetería, y servicio de bar y recreación.
Sobre el alcance de las actividades
Las regulaciones contenidas en la Gaceta Oficial número 35 también están orientadas a precisar el alcance de las actividades de los cuentapropistas y esclarece los requisitos para las autorizaciones.
Ahora para solicitar una licencia, se añade la obligación de presentar un escrito con el proyecto de la actividad que se pretende realizar, y debe describir, cuando corresponda, el lugar donde la va a ejercer, la Declaración Jurada de la fuente de financiamiento, la procedencia de los medios, los horarios y otras especificidades.
Como otro aspecto significativo, ahora las acciones de control serán más integrales, pues se realizarán mediante equipos multidisciplinarios, y las fiscalizará el municipio. Las normas concentran en un solo cuerpo legal las infracciones e incrementan el rigor de las medidas, a las que se incorpora la cancelación definitiva de la licencia.
Control funcional más abarcador
Las normas sobre el trabajo por cuenta propia también fortalecen el control funcional desde el municipio hasta la nación, de conjunto con organismos rectores.
El Consejo de la Administración Provincial va a aprobar los servicios gastronómicos en restaurantes; servicios de bar y recreación, y arrendador de viviendas completas y de más de 4 habitaciones.
A nivel de municipio se van a autorizar un grupo de actividades, previa evaluación multidisciplinaria, como carpintero; fregador; engrasador; aserrador. Asimismo, se ratifica la decisión de no otorgar nuevas licencias para vendedor mayorista o minorista de productos agropecuarios; operador de equipos de recreación (para equipos rústicos); carretillero o vendedor ambulante de productos agrícolas y comprador vendedor de discos.
No obstante, los trabajadores que ya están autorizados para ejercer esas actividades, pueden continuar.