La Habana, Cuba. – Este viernes 31 de marzo culminará el plazo legal establecido para que las personas jurídicas presenten la declaración jurada del impuesto sobre utilidades, según informa la Oficina Nacional de la Administración Tributaria, ONAT.

El pago del tributo con mayores ingresos al Presupuesto del Estado, abarca un período de declaración y liquidación del 1ro de enero al 31 de marzo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 113 del Sistema Tributario.

Deberán aportar el impuesto sobre utilidades las empresas y entidades cubanas y extranjeras con ganancias imponibles en el año 2022, aún su forma de organización o propiedad.

Las micro, medianas y pequeñas empresas, Mipymes, declaran por primera vez en particular las que disfrutaron de la exención por los primeros seis meses o un año, en dependencia de si fueron reconvertidas o de nueva creación.