La Habana, Cuba. Las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional pagarán un cuatro por ciento del total de ingresos que perciban de contratos individuales en el exterior, sin considerar deducción, salvo los pagos de las comisiones realizados a entidades cubanas a través de las cuales se contrató.

El Ministerio de Finanzas y Precios precisó que no se considera contratación individual en el exterior los convenios de colaboración, contrato de exportación de servicio u otro de similar naturaleza. 

La modificación que se incorpora es la expresión en pesos cubanos del valor mínimo a liquidar por este tributo, que ahora se define en 500 pesos cubanos.

En el próximo año se aplicará el impuesto a los atletas residentes permanentes en Cuba, contratados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la presente Ley del Presupuesto.

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