La resolución 645 del Ministerio de Finanzas y Precios dedica espacio a las cuotas tributarias de quienes se desempeñan en el trabajo por cuenta propia, aplicables en casos de desastres, como es ahora tras el paso del huracán Irma.

Puntualiza que los presidentes de los consejos de defensa municipales eximen del pago de dichas cuotas, por un período de uno a tres meses, a las personas que ejercen esa forma de gestión no estatal y estén imposibilitadas totalmente del ejercicio de sus actividades.

La norma jurídica explica además que las cuotas tributarias se disminuyen hasta un 50 por ciento, por igual período de tiempo, cuando haya sido afectado parcialmente la ejecución de sus funciones.

También, en los municipios afectados la Oficina de la Aministración Tributaria puede aprobar aplazamiento de pago sin intereses de aplazamiento.