La Habana, Cuba. – El pasado mes de agosto entró en vigor el Decreto Ley 35 De las telecomunicaciones, las Tecnologías de la información y la Comunicación y el uso del espectro Radioeléctrico, así como los dos reglamentos que lo complementan, contenidos en los Decretos 42 y 43.

Entre los objetivos de esas normas está asegurar el acceso a los servicios de telecomunicaciones y garantizar los derechos constitucionales, en particular los principios de igualdad, privacidad y secreto en las comunicaciones.

Para salvaguardar los derechos de los usuarios, el proveedor de servicios públicos tiene el deber de asegurar el secreto de la información y la privacidad de los datos personales.

Así mismo, el usuario tiene la obligación de impedir que estos servicios se utilicen para atentar contra la seguridad del país, transmitir noticias falsas o como medio para cometer actos ilícitos.