La Habana, Cuba. – Proseguimos con nuevos detalles del anteproyecto del Código de Trabajo, el cual prohíbe expresamente el trabajo forzoso y ratifica la prohibición del trabajo de los niños, niñas y adolescentes así como la violencia y el acoso en el ámbito laboral.
Prohíbe que el empleador pueda condicionar la contratación, permanencia y promoción de las mujeres debido al embarazo y terminar la relación de trabajo por ese motivo.
Asimismo se precisan los derechos y deberes de la persona trabajadora y las obligaciones y facultades del empleador, incluidas las indelegables y sus límites.
Se establecen los derechos y responsabilidades de las organizaciones sindicales y de la organización de empleadores como parte de la negociación colectiva. Para el inicio de la relación de trabajo se mantiene la contratación directa y se adiciona el Servicio de Gestión de Empleo Territorial.
Otras novedades del Anteproyecto
En concordancia con la Convención de los Derechos del Niño, el anteproyecto del Código de Trabajo modifica de 17 a 18 años la capacidad jurídica para establecer relaciones de trabajo y se mantiene la protección especial de los adolescentes de 15 hasta los 17 años que excepcionalmente se incorporan al trabajo.
Se extiende para todos los territorios la posibilidad del traslado de colectivos laborales para suplir fuerza de trabajo deficitaria de manera temporal o permanente, actualmente aplicable solo a La Habana, con las garantías de las condiciones de vida y alojamiento y el retorno a sus provincias de origen.
Se incorporan en las prioridades de empleo los jóvenes, las mujeres y personas identificadas en situación de vulnerabilidad. La próxima semana continuaremos con otras novedades.