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Continuamos hoy con las novedades del anteproyecto del Código de Trabajo, el cual plantea que para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, así como el descanso activo, social y familiar de las personas trabajadoras, se establece que la duración de la jornada de trabajo para los que ejercen el pluriempleo no puede exceder de 13 horas diarias.

Se modifica el principio que rige la incorporación al empleo, determina la permanencia en el cargo, la promoción a otro cargo y la capacitación y superación, por el de capacidad demostrada que se determina a partir de la gestión por competencias; se incluye aquí su definición y el procedimiento para su medición.

Para garantizar el debido proceso ante la inconformidad con la evaluación del trabajo, se incluye el derecho a reclamar en la vía judicial, agotada la vía prejudicial prevista en la entidad.

Beneficios en el derecho individual de trabajo

El anteproyecto del Código de Trabajo adiciona beneficios en el derecho individual de trabajo. Ante situaciones de desastres, la garantía de fija a partir del salario básico para homologarlo al tratamiento aplicable en las interrupciones laborales.

Se establece también la prórroga excepcional de la licencia no retribuida sin que exceda el año natural, ante la imposibilidad de su retorno al país de las personas trabajadoras que viajan al exterior por asuntos particulares.

Se ofrece la posibilidad de realizar teletrabajo desde el exterior por interés del empleador siempre que las condiciones lo permitan.

Estipula el derecho a una licencia no retribuida para las personas trabajadoras con familiares en situación de dependencia que requieran ayuda para los actos esenciales de la vida diaria.