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Como dispuso el Consejo de Estado, las Asambleas Municipales del Poder Popular se reunirán el 21 de enero, para efectuar la nominación de los candidatos a delegados a las asambleas provinciales y a diputados al Parlamento.

En nuestra sección, abordamos hoy algunos elementos sobre esa sesión extraordinaria, en la que el Presidente de la Comisión de Candidaturas Municipal presenta las proposiciones de candidatos, explica los fundamentos tenidos en cuenta, solicita opiniones y pregunta si se desea excluir a alguno.

Ese procedimiento se desarrolla primero con los precandidatos a delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, y una vez aprobados estos mediante votación a mano alzada, se procede de la misma forma con los nominados como candidatos a diputados.

Resultan nominados como candidatos, en ambos casos, los que obtengan más de la mitad de los votos de los delegados presentes.

Con ética y transparencia

Cada Asamblea Municipal del Poder Popular tiene la facultad de aprobar o rechazar a uno o a todos los precandidatos a delegados a los órganos provinciales de Gobierno, y a diputados al Parlamento.

De acuerdo con la Ley Electoral, en cada municipio hasta el cincuenta por ciento del total de candidatos podrá seleccionarse de entre los delegados a la Asamblea del territorio.

Una vez aprobados el próximo 21 de enero los candidatos a delegados a los órganos provinciales de Gobierno, y a diputados al Parlamento, dentro de las 72 horas siguientes el Presidente de la Comisión Electoral Municipal dispone lo necesario para la publicación de las biografías y fotos de los mismos, y la confección de las boletas electorales.