La Habana, Cuba.- Las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional pagarán un 4 por ciento del total de ingresos que perciban de contratos individuales en el exterior, sin considerar deducción, salvo los pagos de las comisiones realizados a entidades cubanas a través de las cuales se contrató.
El Ministerio de Finanzas y Precios precisó que no se considera contratación individual en el exterior los convenios de colaboración, contrato de exportación de servicio u otro de similar naturaleza.
La modificación que se incorpora, es la expresión en pesos cubanos del valor mínimo a liquidar por este tributo, que ahora se define en 500 pesos cubanos.
En el próximo año, se aplicará el impuesto a los atletas residentes permanentes en Cuba contratados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la presente Ley del Presupuesto.