En el mismo sitio donde se guardan los originales de las 7 Constituciones de la República, en la sede del Archivo Nacional, sus trabajadores aportaron criterios sobre el proyecto de Carta Magna que regirá el destino de la nación.
Como no podía ser de otra manera en una institución como esa, Yolanda Díaz pidió que en el artículo 13 se agregara que el Estado tiene como obligación velar por la protección del patrimonio nacional.
Ese asunto fue apoyado por la directora Martha Ferriol, quien demandó que para respaldar el articulado del 55 al 57, se añada la responsabilidad estatal en el fomento de los archivos de la administración pública como registro histórico primario.
Pero los trabajadores del Archivo Nacional no se limitaron a la realidad más inmediata, sino que también abordaron otros aspectos en un debate el que participó el diputado Yosuán Palacios.
Proponiendo el futuro

Caricatura de Alfredo Martirena
Sobre la remuneración del trabajo, que recoge el artículo 76, se originaron varias intervenciones, a partir de una propuesta de Elvira Corbelle, quien argumentó sobre la necesidad de que los salarios estén acordes con la contribución y necesidades individuales.
ARTÍCULO 76. El trabajo se remunera en función de la cantidad, complejidad, calidad y resultados obtenidos, expresión del principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”. Todas las personas reciben el mismo salario por trabajo de igual valor.
A partir de la discusión del artículo 37, referido a la pérdida la ciudadanía cubana, Gerardo Cabrera, pidió respetar la nacionalidad de todos los cubanos, siempre que no levanten armas contra la Patria y sin tener en cuenta el tiempo de estancia fuera del país.
ARTÍCULO 37. Los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía, salvo por causas legalmente establecidas. Tampoco podrán ser privados del derecho a cambiarla. La ley establece el procedimiento a seguir para la formalización de la pérdida y renuncia de la ciudadanía y las autoridades facultadas para decidirlo.
También Abel Márquez expresó dudas sobre el artículo 5, pues, consideró que la Constitución y la Asamblea Nacional deben ser los rectores de la vida del país.
ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado. Organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia la construcción del socialismo. Trabaja por preservar y fortalecer la unidad patriótica de los cubanos y por desarrollar valores éticos, morales y cívicos.
Entre otros trabajadores del Archivo Nacional, Silvio Fazenda sugirió que la Carta Magna recoja la posibilidad de invertir en el país para aquellos cubanos que viven en el extranjero.