La Habana, Cuba.- Según dispuso el Consejo de Estado el 4 de diciembre último, las Asambleas Municipales del Poder Popular quedarán constituidas el próximo día 17, para un nuevo mandato de dos años y medio.

Sobre dichas asambleas, órganos superiores locales del poder del Estado y que son instaladas en las demarcaciones político-administrativas en las cuales se divide el territorio nacional, versa hoy nuestra sección.

Conforme establece la Constitución de la República y la Ley Electoral, el 17 de diciembre los recién electos delegados de circunscripción asumirán sus puestos en esa instancia de gobierno, y elegirán a su presidente y vicepresidente.

Las Asambleas Municipales del Poder Popular están investidas de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en sus respectivas demarcaciones, y para ello, dentro del marco de su competencia y ajustándose a la ley, ejercen gobierno.

Protagonismo del pueblo

Para el ejercicio de sus funciones, las Asambleas Municipales del Poder Popular se apoyan en los Consejos Populares y la amplia participación de la población, actuando en estrecha coordinación con las organizaciones de masas y sociales.

Además, coadyuvan al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades emplazadas en su jurisdicción que no les estén subordinadas, conforme a lo dispuesto en la Ley.

Con la constitución de las Asambleas Municipales, el 17 de diciembre, se cumple la primera etapa de las elecciones generales, en las cuales se designarán, en fecha posterior que será dispuesta cuando corresponda, los delegados a las Asambleas Provinciales y los diputados al Parlamento.