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La Habana, Cuba. – No respetar los límites de velocidad en la vía y desconocer que de ella depende la seguridad en el tránsito, trae consigo accidentes con las consecuencias fatales que ocasionan.

La Ley 109 del Código de Seguridad Vial establece que en vías urbanas todos los vehículos de motor transitarán a 50 kilómetros por hora, y en carreteras a 90 los automóviles de hasta 3500 kilogramos de peso máximo autorizado y además los ómnibus.

Es importante que los conductores de automóviles de transporte de carga rígidos y articulados circulen a 80 kilómetros por carretera; y en todos los casos deben prestar máxima atención y evitar las distracciones como hablar por teléfono.

Sépase que a mayor velocidad mayor probabilidad de accidentes, mayor consumo de combustible, los neumáticos sufren más desgaste y hay mayor riesgo de salirse de la calzada en las curvas.