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La Habana, Cuba. – En el décimo período ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, los Diputados analizaron y aprobaron la nueva Ley de la Fiscalía General de la República.

Al presentar el proyecto, la Fiscal General, Yamila Peña Ojeda, dijo que desde 2020 comenzó a gestarse la disposición por especialistas de la Fiscalía, el Tribunal Supremo Popular, los ministerios de Justicia, Interior y las Fuerzas Armadas Revolucionarias, la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, la Unión de Juristas de Cuba y varias universidades en todo el país.

Los expertos analizaron referentes doctrinales, históricos y legislativos de nuestro país y de otras regiones del mundo e identificaron los problemas que permitieron conformar las políticas, con las propuestas de salida en la Ley de la Fiscalía cubana.

Fortalecen control de la investigación penal pública

La Carta Magna de la República, proclamada en 2019, estableció la misión fundamental de la Fiscalía que tuvieron en cuenta los expertos en la elaboración de la nueva Ley de ese órgano.

A partir de los preceptos constitucionales se  fortalecen las atribuciones del Fiscal en el control de la investigación penal y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado; y mantiene la obligación de velar por el estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones normativas por los órganos del Estado, las entidades y los ciudadanos.

En el cuerpo legal también se desarrollan las experiencias derivadas del proceso de perfeccionamiento funcional, de estructura y composición; los contenidos de la reforma procesal y judicial; y de otras disposiciones jurídicas.

Robustecen papel de la Fiscalía

Durante el décimo período ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular fue aprobada la nueva Ley de la Fiscalíacubana, que ratifica a ese órgano como una unidad indivisible, con independencia funcional y subordinada al Presidente de la República.

El cuerpo legal se estructura en seis títulos, 17 capítulos, 41 secciones, 121 artículos, dos disposiciones transitorias y cuatro disposiciones finales.

Contempla la responsabilidad de la institución cuando directivos, fiscales y trabajadores causen daños o perjuicios a las personas por la acción u omisión indebida en el ejercicio de sus funciones.

De forma similar a como lo prevé la actual Ley del órgano, mantiene la posibilidad de adecuarse a los cambios que surjan en el contexto nacional.