A partir del 16 de enero se expondrán en sitios públicos de la comunidad, de toda Cuba, las listas de electores con vistas al referendo para ratificar la nueva Constitución, el próximo 24 de febrero.
Resulta importante que cada persona verifique su inscripción y datos, y de ser necesario proceder a subsanarlos, modificarlos o actualizarlos con las correspondientes autoridades de circunscripción.
La Lista de Electores -y así lo plasma la Ley- es el documento público que contiene los datos de identificación y residencia de los ciudadanos con derecho al sufragio activo, inscritos en el Registro de Electores.
Amparado legalmente en el Decreto Ley 248 de 2007, el Registro de Electores tiene carácter público y permanente, y en él se inscriben, de oficio, todos los ciudadanos con capacidad legal para ejercer el voto.