La Habana, Cuba. – Este domingo, desde las 9 de la mañana, tomarán posesión de sus cargos los gobernadores y vicegobernadores provinciales en el país ante el representante del Consejo de Estado designado al efecto.

De acuerdo con el Artículo 252, inciso 1, de la Ley Electoral, una vez efectuada en cada provincia la toma de posesión de esos cargos ya electos, se constituye el Consejo Provincial del Poder Popular.

El Consejo Provincial, norma la Constitución de la República, es presidido por el gobernador y lo integran, además, el vicegobernador, los presidentes y vicepresidentes de las asambleas locales del Poder Popular correspondientes y los intendentes municipales.

Entre las atribuciones correspondientes al Consejo Provincial están aprobar y controlar, en lo que le corresponda, el plan de la economía y el presupuesto de la provincia, entre otras.