La Habana, Cuba. – La Gaceta Oficial publica hoy el Decreto Ley No.5 sobre el Régimen Especial de Seguridad Social para cooperativistas de las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC).

Dicho decreto entrará en vigor a los 180 días posteriores a su publicación y pretende disminuir la participación relativa del presupuesto del Estado en el financiamiento de la seguridad social.

En conferencia de prensa, la subdirectora del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), Haydeé Franco, subrayó que la afiliación a ese régimen especial es obligatoria y la UBPC tiene la responsabilidad de afiliar al cooperativista en el Registro Nacional de Seguridad Social.

Asimismo garantizará su inscripción en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).

Protección a los cooperativistas

El Decreto Ley No. 5 que publica hoy la Gaceta Oficial protege a los cooperativistas asociados en las UBPC que no sean sujetos del régimen general de seguridad social o de otro régimen especial.

La subdirectora del INASS Haydeé Franco puntualizó que esa protección incluye los casos de enfermedad o accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez total, vejez y en caso de muerte, protección a la familia.

El jefe de la Sección Jurídica de la Central de Trabajadores de Cuba, Crescencio Hernández, significó que está previsto un proceso de capacitación en todo el país para instruir del nuevo Decreto Ley a los más de 58 mil cooperativistas pertenecientes a las UBPC.

Los cooperativistas protegidos por otros regímenes de seguridad social no tendrán que afiliarse al nuevo régimen especial de las UBPC.