Flexibilizan trámites sobre la vivienda
vivienda-2La Habana, Cuba.- El periódico Granma publica una entrevista a Oris Silvia Fernández Hernández, presidenta del Instituto Nacional de la Vivienda, sobre la compraventa de viviendas y la flexibilización de otras formas de transmisión de la propiedad entre personas naturales.
El Decreto-Ley 288 que entrará en vigor este 10 de noviembre, regula y simplifica la transmisión de la propiedad de la vivienda para cubanos con domicilio en el país y extranjeros residentes permanentes en Cuba.
Con la nueva legislación se pretende garantizar a los propietarios que puedan disponer de su inmueble como deseen, ante notario público, sin necesidad de obtener la autorización previa de la dirección municipal de la Vivienda.
Una persona solo podrá ser propietaria de un inmueble en la categoría de residencia permanente y de otra en zonas de descanso o veraneo, precisa a Granma Oris Silvia Fernández.
Puertas abiertas para la vivienda
La directora del Instituto Nacional de la Vivienda, Oris Silvia Fernández Hernández, expresó a Granma que se mantiene el pago del impuesto por la Transmisión de Bienes y Herencias.
Agrega la funcionaria que se incorpora el impuesto sobre Ingresos Personales para el caso de la compraventa, y en todos los casos el tributo será un cuatro por ciento del valor que se declare del inmueble.
En el caso particular de la compraventa se exige como requisito que el vendedor haya liquidado sus adeudos por concepto de pago y, en el caso de la donación, podrá realizarse a favor de cualquier persona que el propietario decida.
La nueva norma también simplifica los trámites para quienes decidan optar por el habitual mecanismo de permuta, pues deja de requerirse la autorización de la Dirección Municipal de la Vivienda, entre otras ventajas.
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