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La fusta del imperio norte

La Habana, Cuba.- El bloqueo de Estados Unidos contra Cuba constituye en síntesis, violación sistemática de los derechos humanos. Por casi medio siglo hemos sido fustigados en el orden comercial, financiero y económico para hacernos doblegar la resistencia.

Sin embargo, no existe norma del Derecho Internacional que justifique el bloqueo en tiempo de paz.

Precisamente el bloqueo fue definido como acto de guerra en fecha tan temprana como 1909, durante la Conferencia Naval de Londres, y sobre esa base su empleo es solo posible entre contendientes.

Igualmente, el bloqueo contra Cuba califica como acto de genocidio conforme a lo dispuesto en el artículo segundo, de la Convención de Ginebra para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, celebrada en 1948.

Violación de derechos en cadena

Documentos estadounidenses desclasificados en 1991, demuestran la falsedad de los pretextos empleados por más de cinco décadas para la guerra económica contra Cuba. A partir del triunfo revolucionario una tras otra se fueron sucediendo las sanciones para generar un descalabro económico.

A la eliminación de la cuota azucarera, en 1960, le siguió la prohibición de la asistencia a la Isla y la negativa de las empresas norteamericanas a refinar el petróleo soviético que Cuba se vio obligada a comprar.

Pero, la copa se desbordó cuando el presidente Kennedy emitió una proclama decretando el embargo total al comercio con Cuba.

Esa proclama marcó históricamente la institucionalización pública del bloqueo a la Isla que, como ya mencionamos, había comenzado antes. Yusmaly Hernández




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