La Habana, Cuba.- Desde el 23 de octubre y hasta hoy, las comisiones electorales municipales verifican y colegian con los Registros de Electores, para dejar clara la información de los votantes con vistas a los comicios del próximo día 26.

Por su importancia, nuestra sección retoma algunas ideas que sobre el Registro Electoral compartiera recientemente con Radio Reloj la Vocal de la Comisión Electoral Nacional, Marina Capó Ribalta.

Destacó que éste tiene su basamento legal en la Constitución de la República, la Ley Electoral y el Decreto-ley 248.

En ese último texto -acotó Capó Ribalta- se explicita el carácter público, permanente y de oficio del Registro Electoral, al ser inscrito en él todos los ciudadanos con capacidad legal, física y mental para votar, sean mayores de 16 años y residan permanentemente en el país por un periodo no menor de dos años antes de las elecciones.

Facilidades a los electores

El Registro Electoral cuenta con el nombre y apellidos, número de identidad y la dirección de cada persona, y se nutre de distintas fuentes para su actualización permanente, como el Registro Civil y tribunales, aunque la básica es el sistema de identidad.

Recordamos que la dirección electoral puede coincidir o no con la del carné de identidad, lo que sin dudas constituye una facilidad para que los electores puedan votar el próximo 26 de noviembre en los lugares de convivencia y donde son reconocidos por la comunidad.

Más de 24 mil colegios se determinaron en el país para las elecciones, en las que intervendrán más de 121 mil integrantes de las mesas electorales que ahora se capacitan para desempeñar con éxito sus funciones.

Detalles sobre la prueba dinámica, que tendrá lugar el 19 de noviembre, ofreceremos el próximo jueves en nuestra sección.