La Habana, Cuba.- El tema de Protección al Consumidor está presente en el Código Penal cubano, el cual establece las sanciones para quienes violen los derechos de la población en la prestación de servicios.

José Luis Reyes, Vicefiscal Jefe Provincial de La Habana, explica que entre los delitos más recurrentes están: la venta de artículos incompletos en su composición o peso, deteriorados o en mal estado de conservación, así como el cobro de mercancías por encima del precio fijado. Refiere que ante esas ilegalidades, las sanciones van desde multas 300 000 pesos, hasta privación de libertad de 6 meses a 2 años, en dependencia de la gravedad del hecho.

El Vicefiscal Jefe Provincial de La Habana enfatiza que dichas conductas no solo afectan de forma individual a los consumidores, sino que constituyen un daño a la economía del país y la sociedad.

Hacer valer nuestros derechos

Formular una denuncia ante la sospecha de un hecho delictivo es un derecho ciudadano, afirma el Vicefiscal Jefe Provincial de La Habana, José Luis Reyes. Precisa que ante una violación de sus derechos, todo consumidor puede acudir a una estación de Policía e iniciar un proceso legal, o utilizar las vías de atención a la población de los órganos de la Fiscalía General de la República como: correo electrónico, llamada telefónica o personarse en el lugar.

José Luis Reyes considera que aún existe desconocimiento por parte de la población sobre cómo hacer valer sus derechos, recogidos en el artículo 227 del Código Penal cubano y en la Resolución recién aprobada. La Protección al Consumidor atañe a todos, por tanto, es responsabilidad de todos velar porque se respeten nuestros derechos.