En Pinar del Río muchos de los que poseen el Proyecto de Constitución de la República de Cuba hablan del Título II relacionado con los Fundamentos Económicos.

El trabajador bancario, Gregorio Hernández opinó con beneplácito sobre el Artículo 21 que ratifica a la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal.

ARTÍCULO 21. Se reconocen las formas de propiedad siguientes:

a) socialista de todo el pueblo: en la que el Estado actúa en representación y beneficio de este como propietario.

b) cooperativa: la sustentada en el trabajo colectivo de sus socios propietarios y en el ejercicio efectivo de los principios del cooperativismo.

c) mixta: la formada por la combinación de dos o más formas de propiedad.

d) de las organizaciones políticas, de masas y sociales: la que ejercen estos sujetos sobre sus bienes.

e) privada: la que se ejerce sobre determinados medios de producción, de conformidad con lo establecido.

f) personal: la que se ejerce sobre los bienes que sin constituir medios de producción contribuyen a la satisfacción de las necesidades materiales y espirituales de su titular.

La ley regula lo relativo a estas y otras formas de propiedad. El Estado estimula aquellas de carácter más social.

Y valoró el respeto al cooperativismo, la forma mixta, la privada y la personal, ésta última ejercida sobre los bienes destinados a satisfacer necesidades materiales y espirituales de su titular.

En ese contexto -aseveró Hernández- se circunscribe el papel del Estado al ámbito de la propiedad socialista, la cual continúa siendo del pueblo. De ahí, el vueltabajero enfatizó en la necesidad de que la empresa estatal socialista desempeñe un rol prominente en el sistema económico cubano.

Preservar la propiedad socialista

Después de estos meses de debate, participaré en el referendo de nuestra Constitución, cuyo proyecto es ampliamente difundido, dijo la pinareña Idalmis Trujillo, a quien también interesa el Título II: Fundamentos Económicos.

La trabajadora de la Empresa de Proyectos, Ingeniería y Arquitectura explicó que en el texto queda bien claro el término propiedad socialista de todo el pueblo, que son bienes inalienables, que no pueden trasmitirse a personas naturales o jurídicas.

Valoró que Radio Reloj le brinda la oportunidad de expresarse sobre el Proyecto de Constitución de la República, en relación con el papel del Estado y las nuevas formas de propiedad.

En Cuba no habrá concentración de la propiedad en personas naturales o jurídicas sin vínculo estatal, la Revolución se construyó con los humildes, por los humildes y para los humildes, aseveró Trujillo.