Agilizar los procesos de presentación de negocios con capital foráneo es el principal objetivo de las modificaciones a algunas normas complementarias de la Ley 118 de Inversión Extranjera, publicadas desde el 1ro de agosto último en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 38.

Las disposiciones, que entrarán en vigor a los 30 días de su divulgación, muestran como uno de los cambios fundamentales, que los expedientes para el establecimiento de negocios se presentarán con un nivel inferior de estudio de pre-factibilidad.

Ello acelerará el proceso de evaluación para su posterior aprobación por las autoridades competentes.

Igualmente, en el nuevo paquete de normas se indica a los negociadores los montos iniciales de aportes que realizarán, así como sus cronogramas de desembolso.

Fuente importante para el desarrollo

Las modificaciones a algunas normas complementarias de la Ley 118 de Inversión Extranjera disponen lo relacionado con el reglamento disciplinario interno y la solución de conflictos de trabajo.

Incluyen la indemnización de la empresa a la entidad empleadora, cuando se produce una interrupción laboral o por otras causales pactadas en el Contrato de Suministro de la Fuerza de Trabajo.

Las modificaciones hacen más flexibles los procedimientos de evaluación y aprobación de negocios, a tono con la voluntad del país de incrementar la participación de capital foráneo como fuente importante para el desarrollo.

Por ese camino transita Cuba hoy; por el de dinamizar la inversión extranjera y acabar con dilaciones excesivas en los procesos negociadores, preservando siempre nuestra soberanía.